Se extiendoe el plazo de obligatoriedad de implementación de la facturación electrónica de la SUNAT

La SUNAT el pasado 30 de agosto publicó la Resolución de Superintendencia N° 128-2021/SUNAT, en la cual se modifican las fechas de obligatoriedad de habilitación de la facturación electrónica.

Con este nuevo calendario, aquellos contribuyentes que durante el año 2019 obtuvieron ingresos entre 96,600 a 315,000 soles (de 23 UIT a 75 UIT), deberán emitir factura electrónica a partir del 1 de enero de 2022, y boleta de venta electrónica a partir del 1 de abril de 2022.

De la misma forma, para los contribuyentes que durante el año 2019 obtuvieron ingresos menores a 96,600 soles (23 UIT), la obligación de emitir facturas electrónicas se iniciará el 1 de abril de 2022 y boletas de venta electrónica el 1 de junio de 2022; y ya no el 1 de enero del 2022.

Espero que esta info les sea útil. ¡Feliz Viernes!